miércoles, 22 de agosto de 2007

Fotos de nuevos radares


La DGT dedica su esfuerzos a demonizar a los conductores y no cesa en sus empeños de llenar las arcas del Estado a costa de radares camuflados, tecnología punta para "cazarnos" en autovías (Curiosamente más de la mitad de ellas suspenden en seguridad) . Ahora la DGT la emprende contra los motoristas, agobiados por una realidad que se les escapa de las manos, un incremento de casi un 30% de muertos en este colectivo. Hechos tan graves como saber que el accidente reciente del autobus en Lopera no hubiese pasado de algo "anecdótico" si los guardarraíles hubiesen sido los adecuados.

Nuestras carreteras suspenden y "hacen agua" por todos lados, pero la DGT mantiene su posición de responsabilizarnos de todo. Os traemos algunos de sus inventos de última generación en lo referente a radares.


Si deseas saber con precisión donde se encuentran la mayoría de los radares de España, te recomendamos esta web: http://8000vueltas.com/radar/
En ella han integrado en el Google Maps la ubicación de los radares existentes en nuestro país. Encontrarás hasta los que no aparecen en las listas que circulan por Internet.

Si quieres descargarte los POIs y ficheros con radares para GPS y sistemas similares, puedes hacerlo de forma gratuita y actualizada en esta otra web: http://www.puntodeinteres.es

Por último y como información útil, os dejamos una tabla con el detalle de lo que cuesta saltarse las normas de circulación y en concreto las velocidades límites, que por vuestra propia seguridad os recomendamos cumplir (Sin que esto signifique que coincidimos con la política de la DGT, que solo se centra en este aspecto de la seguridad vial y no presta atención a las responsabilidades del Estado).
Normativa según carnet por puntos:
- Exceso de velocidad entre 21 y 30 km/h: - 2 puntos autopista, más de 141 km/h, carretera, más de 111 km/h y ciudad más de 71km/h.
- Exceso de velocidad entre 31 y 40 km/h: - 3 puntos autopista, más de 151 km/h, carretera, más de 121 km/h y ciudad más de 81km/h
- Exceso de velocidad en más de 40 km/h: - 4 puntos (siempre que no suponga, además, un exceso de más del 50%)autopista, más de 161 km/h, carretera, más de 131 km/h
- Exceso de velocidad en más del 50% límite autorizado: - 6 puntos (siempre que suponga, superar en al menos 30km/h dicho límite)autopista 181 km/h, carretera 136 km/h y ciudad 81 km/h

Notas destacadas:
- Respecto a la anterior tabla de velocidades, se ha reducido la velocidad máxima exenta de sanción en autovias y autopistas (anteriormente 140km/h, ahora 132km/h).
- La sanción económica se puede reducir un 30% por pronto pago (al realizar el pago en los primeros dias desde la notificación).
- La reducción de puntos se produce al ejecutarse la sanción en firme (tras la notificación), despues de unos 2 meses cuando ya no exista posibilidad de recurso.
- Los vehículos de +3500kg o más de 9 pasajeros tienen un incremento del 10%-30% en la sanción económica.

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