La Audiencia Nacional anula la resolución dictada por Fomento que rechazaba indemnizar a los padres del joven que murió por las heridas producidas por los 'quitamiedos'
La Audiencia Nacional ha condenado al Estado a pagar 6.000 euros a los padres de un joven que falleció en un accidente de moto en 2005 al estimar que su muerte se produjo al colisionar con el quitamiedos y éste es un elemento cuya utilización se ha demostrado "como un peligro cierto para los motociclistas".
Así lo ha acordado el Juzgado Central de lo contencioso-administrativo número 7 de este tribunal en una sentencia, que anula la resolución dictada por el Ministerio de Fomento en la que se rechazaba indemnizar a los padres del joven con la citada cantidad.
Así lo ha acordado el Juzgado Central de lo contencioso-administrativo número 7 de este tribunal en una sentencia, que anula la resolución dictada por el Ministerio de Fomento en la que se rechazaba indemnizar a los padres del joven con la citada cantidad.
El siniestro que acabó con su vida tuvo lugar el 8 de abril de 2005 en el kilómetro 308 de la N-IV (carretera de Andalucía), cuando se dirigía hacia la localidad gaditana de Jerez de la Frontera para presenciar las pruebas del campeonato del mundo de motociclismo.
En ese punto, coincidente con un tramo curvo hacia la derecha de la calzada, fue donde el joven "cayó de la motocicleta y se deslizó sobre el pavimento pasando por debajo de la valla de seguridad y quedando tendido en la cuneta", lo que le provocó unas lesiones que causaron su muerte.
La sentencia, contra la que no cabe recurso, destaca que los "únicos datos objetivos" sobre las circunstancias del siniestro son los recogidos en el atestado policial donde se indica que "se podría dar la circunstancia" de que la moto hubiera perdido adherencia sobre la señal pintada en la vía, "pero no existe prueba alguna que acredite que ello ocurriera".
"Aún cuando la señal horizontal no hubiera tenido nada que ver en la producción del accidente, la responsabilidad de la Administración podría derivarse de que la muerte del conductor de la motocicleta se hubiera producido al colisionar con los postes que sujetan la valla que delimita la calzada, postes que, con independencia de que estuviera autorizada su utilización, se han mostrado en la práctica como un peligro cierto para los motociclistas", subraya.
Para el magistrado titular del Juzgado Central de lo contencioso-administrativo, hay pruebas de que el conductor impactó con el quitamiedos por la trayectoria seguida por el cuerpo del conductor al deslizarse tras la caída, según afirma el atestado.
Además, las lesiones sufridas por la víctima y descritas en el informe de la autopsia practicada al cadáver, son "aptas de ser producidas al impactar con violencia con una superficie cortante como lo es la de los postes que sujetan las vallas".
En ese punto, coincidente con un tramo curvo hacia la derecha de la calzada, fue donde el joven "cayó de la motocicleta y se deslizó sobre el pavimento pasando por debajo de la valla de seguridad y quedando tendido en la cuneta", lo que le provocó unas lesiones que causaron su muerte.
La sentencia, contra la que no cabe recurso, destaca que los "únicos datos objetivos" sobre las circunstancias del siniestro son los recogidos en el atestado policial donde se indica que "se podría dar la circunstancia" de que la moto hubiera perdido adherencia sobre la señal pintada en la vía, "pero no existe prueba alguna que acredite que ello ocurriera".
"Aún cuando la señal horizontal no hubiera tenido nada que ver en la producción del accidente, la responsabilidad de la Administración podría derivarse de que la muerte del conductor de la motocicleta se hubiera producido al colisionar con los postes que sujetan la valla que delimita la calzada, postes que, con independencia de que estuviera autorizada su utilización, se han mostrado en la práctica como un peligro cierto para los motociclistas", subraya.
Para el magistrado titular del Juzgado Central de lo contencioso-administrativo, hay pruebas de que el conductor impactó con el quitamiedos por la trayectoria seguida por el cuerpo del conductor al deslizarse tras la caída, según afirma el atestado.
Además, las lesiones sufridas por la víctima y descritas en el informe de la autopsia practicada al cadáver, son "aptas de ser producidas al impactar con violencia con una superficie cortante como lo es la de los postes que sujetan las vallas".
publico.es
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