
Muchos de nosotros ya podíamos disfrutar de ese “privilegio” en la Comunidad de Madrid, pero la administración central ha querido apoyar al Ayuntamiento de la capital, haciendo esta norma extensible a todo el territorio nacional.
La norma nos dice que las motos están obligadas a aparcar en las zonas reservadas para ellas o en la calzada, y si eso no es posible, se deberá aparcar en línea sobre la acera cuando ésta mida más de 3 metros, o en semibatería cuando mida más de 6 metros. Y para subir a la acera se puede utilizar el motor, pero no para circular por la zona peatonal.
masmoto.net
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