viernes, 12 de septiembre de 2008

Nuevo impuesto de matriculación para motocicletas


El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo impuesto que regulará la matriculacion de las motocicletas. Se basa en el ya vigente Impuesto de Matriculación de automóviles, en el que los tramos del impuesto se aplican en relación directa a las emisiones de CO2 a la atmósfera del vehículo en cuestión. El nuevo impuesto presenta ciertos cambios respecto a su homónimo de automóviles y se enmarca en la reforma medioambiental causa de la Ley de Calidad del Aire.
Las motocicletas con unas emisiones de CO2 menores de 80 g/km quedarán exentas del pago del Impuesto de Matriculación, con esta medida se incentiva el uso de motocicletas de bajas emisiones y de potencia reducida. Las motos cuyas emisiones de CO2 estén entre los 80 y los 100 g/km pagarán un 4.75% de su precio franco en fábrica, y aquellas con unas emisiones de entre 100 y 120 g/km pagarán el 9.75%. Hasta aquí, salvando la diferencia de niveles de emisiones, el impuesto es análogo al de automóviles.
La principal diferencia radica en el tramo impositivo superior. Aquellos vehículos de dos ruedas con unas emisiones de CO2 mayores de 120 g/km o con una potencia nominal superior a los 100 CV (independientemente de su nivel de emisiones) pagarán el 14.75%. En mi opinión es mejor desincentivar el uso de motos deportivas o de alta cilindrada que la reforma que la DGT estudia,
prohibir la matriculación de motos de más de 100 CV de potencia debido a su elevada siniestralidad.
Motos acuáticas y quads pagan desde el 1 de enero de 2008 el 14.75% en virtud del impuesto de matriculación para automóviles. El nuevo Impuesto de Matriculación para motocicletas entrará probablemente en vigor el 1 de enero de 2009. Esto motivará el descenso del precio de muchas motocicletas de bajas emisiones, que hasta ahora venían pagando un tipo impositivo fijo del 12%. Como opción, bajo la expedición de un certificado de emisiones se acogían al mismo Impuesto de Matriculación que los automóviles.
Lo cierto es que la gran mayoría de motocicletas no llegaban a los 121 g/km requeridos para pagar el 4.75% de su precio franco en fábrica, quedando por tanto exentas del pago del impuesto. Con la reciente reforma fiscal están exentas del impuesto aquellas que emitan una cantidad de CO2 menor o igual a 80 g/km (equivalentes a un consumo medio de algo menos de 4 l/100 km). Más motos deberán pagar el impuesto, especialmente las deportivas.
En un vistazo
Impuesto de Matriculación para motocicletas
Emisiones de CO2 menores o iguales a 80 g/km: Exentas del pago del impuesto (0%)
Emisiones de CO2 de entre 81 g/km y 100 g/km: 4.75%
Emisiones de CO2 de entre 101 g/km y 120 g/km: 9.75%
Emisiones de CO2 superiores a 120 g/km o potencia nominal superior a 100 CV: 14.75%
Impuesto de Matriculación para automóviles
Emisiones de CO2 menores o iguales a 120 g/km: Exentos del pago del impuesto (0%)
Emisiones de CO2 de entre 121 g/km y 160 g/km: 4.75%
Emisiones de CO2 de entre 161 g/km y 200 g/km: 9.75%
Emisiones de CO2 superiores a 200 g/km: 14.75%

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